El comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios se encuentra clasificado en el Epígrafe 652.4 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, en adelante, IAE, aprobadas junto a la Instrucción de éste por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre.
El impuesto sobre actividades económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas, tanto si se ejercen en un local determinado como si no, y se hallen o no especificadas en las Tarifas del impuesto. 2.
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