Hay que tener en cuenta el hecho de que dentro del orden penal, la competencia territorial se configura siempre ex lege, lo que impide la atribución por sumisión, es decir, es el juez el que tiene que controlar de oficio dicha competencia en el proceso penal, cosa que no sucede con la competencia territorial en el proceso civil.
Asií cobra relevancia los conceptos de competencia y jurisdicción. La competencia representa la aptitud que tiene un tribunal para entender en un determinado proceso o momento del mismo por ...
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